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Derecho penal económico

Defensa, querellas e investigaciones internas en delitos económicos y corporativos, para personas que dirigen empresas y para las propias personas jurídicas.

Qué hacemos

La Ley 21.595 cambió la forma de perseguir la criminalidad de empresa en Chile: más delitos, penas más severas para directivos y un estatuto de responsabilidad penal mucho más amplio para las personas jurídicas. Intervenimos antes, durante y después de una investigación.

Delitos en los que intervenimos con mayor frecuencia

Un catálogo amplio que hoy también puede comprometer la responsabilidad penal de la empresa.

Si su empresa enfrenta una investigación

Las primeras decisiones suelen definir el resultado: qué se declara, qué se entrega, cómo se preserva la información y quién habla por la empresa.

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  1. No declare sin asesoría

    Ni como imputado ni como testigo. Antes de cualquier declaración conviene saber qué se investiga y en qué calidad se le cita.

  2. Preserve la información

    No elimine correos, archivos ni registros. La destrucción de evidencia agrava la situación de las personas y de la empresa.

  3. Ordene la respuesta interna

    Defina un interlocutor único, limite la circulación de información y documente las decisiones adoptadas.

  4. Evalúe el modelo de prevención

    Si la empresa puede verse involucrada, la evidencia de que su modelo funcionaba es su principal defensa.

Independencia

Independencia. La defensa penal de una empresa y el diseño de su modelo de prevención de delitos son servicios que ofrecemos de manera alternativa. Antes de aceptar un encargo revisamos posibles conflictos de interés, de modo que cada cliente reciba una asesoría sin incompatibilidades.

Preguntas frecuentes

¿Qué es un delito económico según la Ley 21.595?

La Ley 21.595 de Delitos Económicos agrupa en cuatro categorías los delitos que considera económicos, según su vínculo con la actividad de una empresa o con el cargo que ocupa quien los comete. A esos delitos se aplica un régimen especial de determinación de penas, con reglas propias de atenuantes y agravantes, penas de multa calculadas según los ingresos del condenado y un acceso más restringido a las penas sustitutivas.

¿Puede una empresa ser imputada aunque no se condene a ninguna persona natural?

Sí. La responsabilidad penal de la persona jurídica es autónoma: puede perseguirse aun cuando la responsabilidad de la persona natural se haya extinguido o no haya sido posible identificar a su autor, siempre que se acredite que el delito se cometió en el ámbito de su actividad.

¿Qué debo hacer si recibo una citación de la Fiscalía?

No declarar sin asesoría previa, aunque la citación sea en calidad de testigo. Conviene revisar con un abogado la calidad en que se le cita, los antecedentes que existen y preservar la documentación relevante sin alterarla. Toda persona tiene derecho a guardar silencio y a ser asistida por un abogado desde las primeras actuaciones de la investigación.

¿Representan también a empresas víctimas de un delito?

Sí. Interponemos querellas y representamos a empresas y personas afectadas por fraudes, administración desleal, apropiación indebida y otros delitos económicos, coordinando la acción penal con las medidas internas y civiles que correspondan.

¿Atienden casos fuera de Santiago?

Sí. Asesoramos en todo Chile. Las reuniones pueden realizarse por videollamada y la comparecencia a audiencias se coordina según el tribunal y la etapa del procedimiento.

Una investigación penal no espera. Hablemos hoy.

Una primera reunión de 30 minutos, por videollamada, para entender la situación, identificar los riesgos principales y explicarle qué camino tiene sentido. Sin compromiso y bajo secreto profesional.

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