Penal económico
Derecho penal económico
Asesoría y defensa penal en delitos económicos, corporativos y contra la administración: investigación interna, querellas, defensa de directivos y de la empresa como persona jurídica.
Adecuación a la Ley 21.719 para que la empresa trate datos de clientes, trabajadores y terceros con bases de licitud claras, medidas de seguridad proporcionadas y evidencia de cumplimiento.
La Ley 21.719 reemplaza el régimen de la Ley 19.628 y acerca a Chile a los estándares europeos de protección de datos. Crea la Agencia de Protección de Datos Personales, amplía los derechos de los titulares y establece un sistema de infracciones y multas.
1 de diciembre de 2026. Desde esa fecha el régimen entra en plena vigencia. La adecuación de una organización mediana toma meses, no semanas.
Todo tratamiento debe fundarse en el consentimiento o en otra base legal: contrato, obligación legal, interés legítimo u otras previstas en la ley.
Acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y bloqueo, además de garantías frente a decisiones automatizadas.
No basta con cumplir: hay que poder demostrarlo con registros, políticas y medidas documentadas.
Medidas técnicas y organizativas proporcionales al riesgo y deber de reportar las vulneraciones de seguridad.
Adecuación por etapas, con entregables concretos y priorizados según el riesgo.
Diagnóstico
Implementación
Continuidad
La ley clasifica las infracciones según su gravedad. Las sanciones se inscriben además en un registro nacional, con el consiguiente efecto reputacional.
Montos máximos por infracción. En caso de reincidencia, la ley permite aplicar multas superiores, que en las empresas de mayor tamaño pueden calcularse sobre sus ingresos anuales.
La Ley 21.719 fue publicada el 13 de diciembre de 2024 y su régimen entra en plena vigencia el 1 de diciembre de 2026. Desde esa fecha la Agencia de Protección de Datos Personales podrá fiscalizar y sancionar.
Sí. Aplica a toda persona u organización que trate datos personales, cualquiera sea su tamaño. La proporcionalidad permite ajustar las medidas a la escala y al riesgo del tratamiento, pero las obligaciones básicas rigen para todos.
En términos generales no es obligatorio, pero el delegado es un elemento del modelo de prevención de infracciones que la ley permite adoptar y certificar, lo que puede incidir favorablemente ante un procedimiento sancionatorio.
Entre otros, los relativos a la salud, la vida sexual, el origen étnico o racial, las opiniones políticas, las creencias religiosas o filosóficas, la afiliación sindical y los datos biométricos. Su tratamiento está sujeto a reglas más estrictas.
La ley obliga a reportar a la Agencia las vulneraciones de seguridad que afecten datos personales y, en ciertos casos, a comunicarlas a los titulares. Contar con un protocolo de respuesta previo reduce el daño y el riesgo sancionatorio.
Un diagnóstico inicial permite saber qué es urgente, qué puede esperar y cuánto cuesta llegar a cumplir. Conversemos.
Penal económico
Asesoría y defensa penal en delitos económicos, corporativos y contra la administración: investigación interna, querellas, defensa de directivos y de la empresa como persona jurídica.
Ley 20.393 · MPD
Diseño, implementación y actualización de Modelos de Prevención de Delitos conforme a la Ley 20.393, reformada por la Ley de Delitos Económicos (Ley 21.595).
Ley 21.643
Protocolos de prevención y procedimientos de investigación del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo exigidos por la Ley 21.643 (Ley Karin).
Corporativo
Asesoría societaria, contractual y de gobierno corporativo como área legal externa: sociedades, contratos, conflictos de interés y debida diligencia de contrapartes.
Pymes
Cumplimiento normativo proporcionado al tamaño real de la empresa: diagnóstico, prioridades y un plan de trabajo con alcance y precio definidos.